30 de abril de 2011

Expedientada la jueza que puso pegas a dar un niño a 2 lesbianas


El TSJC investiga si las expresiones utilizadas en el auto son «ofensivas»
La magistrada concedió la adopción a la pareja solo «por imperativo legal»

El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha abierto un expediente de idoneidad a la jueza sustituta María Rosa Gutés Pascual, quien ha concedido la adopción de un niño de dos años a la pareja de una mujer lesbiana (la cual ya tenía la adopción del menor) solo por «imperativo legal», confirmaron fuentes de este organismo. El alto tribunal está analizando el auto dictado por la magistrada el 23 de marzo, en la que vierte observaciones personales y califica la actual ley de «disparatada». La Fiscalía Superior de Catalunya ha remitido un informe al TSJC en el que se considera que esta magistrada no reúne los requisitos para ejercer su función porque sus expresiones son «ofensivas».
 El TSJC abrió a principios de abril este expediente de idoneidad para analizar la actuación de la jueza, que actuó como sustituta en el Juzgado de Primera Instancia número 19 de Barcelona en el proceso por la adopción del menor. El tribunal solo ha podido incoar este tipo de expediente administrativo (y no sancionador) porque María Rosa Gutés es magistrada sustituta y no de carrera (en este caso hubiera sido el Consejo General del Poder Judicial el competente). En el supuesto de que se halle algún tipo de actuación anómala, la jueza podría dejar de ejercer sus funciones.

 MENCIÓN A DIOS / Fuentes judiciales aseguraron ayer que la fiscalía catalana puso en conocimiento del TSJC la existencia de la resolución judicial, en la que, entre otras frases, la magistrada destaca que «ya que Dios los creo [a los progenitores] hombre y mujer, lo ideal sería que el menor contara con un padre y una madre». El alto tribunal, según fuentes de este organismo, ya había tenido noticias de este auto judicial y había empezado sus indagaciones.
 El informe de la Fiscalía Superior de Catalunya, dirigida por Teresa Compte, señala que las versiones emitidas en el auto judicial son «ofensivas, improcedentes e innecesarias», según fuentes judiciales. De ahí que cuestione la ideoneidad de María Rosa Gutés para ejercer como jueza sustituta. No se ha podido actuar penalmente contra ella por un presunto delito de prevaricación (tomar una resolución injusta a sabiendas) porque la jueza, al final, y aunque fuera por imperativo legal, acordó otorgar la adopción del menor a la solicitante. A la fiscalía llegó la voz de alarma sobre esta magistrada, que ya ha dictado otras resoluciones no exentas de polémica, a través del servicio de familia de esta institución de la Oficina para la No Discriminación del Ayuntamiento de Barcelona.
 El proceso judicial fue iniciado por una mujer que pedía adoptar al niño, a su vez adoptivo, de su pareja sentimental. Las dos mujeres viven juntas desde hace años y comparten el cuidado y la atención del menor, como admite la misma jueza Rosa María Gutés en su auto.



LAS FRASES DE LA RESOLUCIÓN

 MEJOR CON UN PADRE

  La resolución judicial de la jueza María Rosa Gutés contiene frases como esta: «Cuando un padre ejerce correctamente sus funciones, máxime al tratarse el adoptado de un varón, no puede suplirse ni equipararse con una segunda madre, por muy madre que sea».

  INTERÉS DE LAS ADOPTANTES
 
 En otra frase de la resolución, la jueza considera que en la adopción «prevalece de modo evidente el interés de la adoptante y de la madre adoptiva, consistente en incorporar a un menor a su comunidad». «Dicho interés –prosigue– se impone, en definitiva, por mandato legal, sobre el interés superior del menor a tener un padre y una madre».


Delegada de la igualdad y la mujer
SIEMENS, S.A. Oficina Regional Barcelona
Lluis Muntadas, 5
Cornella de Llobregat (Barcelona)

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