23 de julio de 2011

La crisis sepulta la aspiración de las amas de casa de percibir pensión

EL TRABAJO EN EL HOGAR

Los colectivos de mujeres dedicadas al hogar asumen el aplazamiento de hecho de su demanda

Otras profesionales juzgan que esta reivindicación penaliza la promoción laboral de las féminas

La comisión para el Pacto de Toledo defendió, en sus recomendaciones provisionales de finales de diciembre pasado, la posibilidad de establecer una pensión para las amas de casa. La idea era ofrecer incentivos fiscales a los cónyuges que sí trabajan para que estos cotizaran por sus esposas. Pero la crisis ha sepultado la iniciativa. El Ministerio de Trabajo reconoce que ahora el tema «ni siquiera está sometido a discusión». En plena época de estrechez pública y privada, la prioridad absoluta es incorporar cuantas más personas al mercado laboral.




 La Seguridad Social únicamente prevé el derecho a pensión para quienes han contribuido, así que, a menos que se reforme el sistema de pensiones, esa es la única forma de garantizarse una jubilación.
 «El trabajo del hogar es como cualquier otro. Lo reivindicamos desde hace años», argumenta la Asociación de Mujeres Separadas y Divorciadas de Catalunya.

 BRINDIS AL SOL // «Nuestra aspiración es poder cotizar, pero la ley de la Seguridad Social es muy clara. El trabajo en el hogar no se considera empleo», apunta por su parte Isabel Ávila, presidenta de la Confederación Española de Organizaciones de Amas de Casa. «Queremos que se evalúe nuestra labor para tener los mismos derechos que cualquier trabajador. No tiene sentido que una persona que renuncia a su proyección laboral por cuidar de los suyos no lo vea compensado de alguna manera. Y debe ser el Estado quien lo haga».
 Hasta ahí llegan sus aspiraciones. «El derecho a un salario ni nos lo planteamos. No porque legítimamente no nos corresponda, sino porque no somos ilusas. Muchos políticos enarbolan esta cuestión de cara a las elecciones pero, hasta el día de hoy, lo único que hemos obtenido han sido brindis al sol».

 ALTERNATIVAS // Una opinión compartida por María Manuela Poveda, directora del Departamento de Sociología y Antropología Social y miembro del Instituto Universitario de Estudios de la Mujer de la Universitat de València, para quien la mejora en este ámbito a lo largo de los últimos años ha sido casi impercetible. «Si acaso, únicamente hemos logrado que se hable de ello».
 Pero no todo el mundo es partidario de fijar una pensión para las amas de casa. «Es un arma peligrosa», opina Ángela Cerrillos, presidenta de la Asociación de Mujeres Juristas Themis, «porque puede coartar la promoción de la mujer fuera del hogar». Ella apuesta por fomentar otro sistema, el de los pactos prematrimoniales, previstos en el Código Civil aunque poco utilizados en la práctica. «Ahorraría muchos problemas a las parejas», asegura.

 CORRESPONSABILIDAD // Esos pactos, subraya Cerrillos, no solo permiten establecer el régimen económico del matrimonio, sino también regular cualquier otro aspecto del mismo, mientras no vaya contra la ley. «Yo soy más partidaria de un modelo de corresponsabilidad en la pareja, pero permitirían fijar incluso una retribución por el trabajo dedicado al hogar por una de las partes». El problema es, según la abogada, que hablar de estos temas «parece de mal gusto», cuando «un matrimonio no deja de ser un contrato».
 Conscientes de la crisis mantendrá el debate sepultado mientras dure, las asociaciones de amas de casa albergan la esperanza de ir ganando batallas «poco a poco» en los tribunales. «El cambio llegará, pero todavía queda mucho», confía Ávila.
  
Las claves

1 SIN COTIZAR NO HAY JUBILACIÓN
 El actual sistema de pensiones está basado en un modelo contributivo. Es decir, depende de las aportaciones que cada trabajador realiza a lo largo de su vida laboral. Estas aportaciones son las que devengan el derecho a recibir una prestación una vez alcanzada la edad de jubilación.

 2 LA EXCEPCIÓN DE LAS PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS
 La excepción a esto son las pensiones no contributivas, pensadas para proteger a «los ciudadanos en situación de jubilación o invalidez en estado de necesidad». Las amas de casa que cumplan los requisitos se pueden acoger a esta como lo haría cualquier ciudadano, pero no en atención al trabajo realizado.


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